El reglamento que desarrolla la ley de envases (Real Decreto
798/1998 de 30 de abril) obliga a realizar planes empresariales
de prevención a la gran mayoría de las empresas.
El número de productos envasados que ponen en el mercado
determina si deben realizar estos planes.
Tienen la obligación de presentar un Plan Empresarial
de Prevención los envasadores que, a lo largo de un
año natural, produzcan envases (domésticos,
comerciales, industriales y reutilizables) que sean susceptibles
de generar residuos de envases en cuantía superior
a las siguientes cantidades:
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| MATERIALES |
TONELADAS |
| Sólo vidrio |
250 toneladas |
| Acero |
50 toneladas |
| Aluminio |
30 toneladas |
| Plástico |
21 toneladas |
| Madera |
16 toneladas |
| Cartón o materiales compuestos |
14 toneladas |
| Varios materiales y cada uno de ellos no
supera, de forma individual, las cantidades anteriores |
350 toneladas |
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